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Extensión de mandato en Concamin es ilegal, acusan empresarios

15 diciembre, 2020 | Dinero

La ampliación del mandato de Francisco Cervantes, presidente de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) hasta septiembre de 2021, es ilegal, advirtieron 65 cámaras del organismo.

El 1 de diciembre, el titular de la Unidad de Apoyo Jurídico de la Secretaría de Economía, Jorge Luis Silva Méndez, entregó un escrito a Francisco Cervantes para que pueda celebrar su asamblea hasta septiembre del año entrante.

El argumento para la extensión es que debido a la pandemia no se pueden realizar reuniones masivas, lo que impide realizar la asamblea de forma presencial.

Sin embargo, de acuerdo con documentos a los que tuvo acceso El Sol de México, la reunión se puede realizar en tiempo y forma, de manera virtual.

La extensión del plazo, advierten los industriales, fue emitida por un funcionario sin la competencia para hacerlo, al tiempo que se hizo sin petición oficial de la Concamin, lo que resulta en una violación a la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.

“Tenemos conocimiento que la Secretaría de Economía, mediante un funcionario sin competencia para ello, sorpresivamente y en forma unilateral emitió, sin petición formal alguna por parte de los sujetos interesados ​​en esta materia, un ‘oficio’ que carece de número oficial, fundamentación y motivación requeridos para una resolución tan relevante y de trascendencia para nuestra Confederación y las Cámaras Confederadas que la integran. En el oficio se pretende autorizar un aplazamiento hasta septiembre de 2021 para la realización de las Asambleas Generales Ordinarias ”, detallaron 50 de las 65 cámaras afiliadas a Concamin.

La legislación, añaden, establece que la Concamin debe celebrar su próxima Asamblea a más tardará el 31 de marzo.

“Es evidente que este oficio no puede ser vinculante y de cumplimiento obligatorio para nuestra Confederación y sus Cámaras Confederadas, toda vez que a la luz de un minucioso análisis jurídico, el oficio presenta deficiencias graves tales como el que el mismo no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), siendo que toda disposición del Gobierno Federal debe ser publicado para que surta sus efectos, mientras esto no suceda es un documento inexistente y sin efectos jurídicos para los gobernados ”, añaden.