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Aprueban diputados dictamen por el que se prohíbe la mutilación de animales para modificar su apariencia o conseguir un fin no médico

20 julio, 2018 | Congreso

Con un total de 39 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Pleno del Congreso local aprobó el dictamen propuesto por el diputado local Vicente Benítez González, con el que se armonizan el Código Penal del Estado de Veracruz y la Ley de protección a los animales, para prohibir la mutilación de animales cuyo objeto sea modificar su apariencia o conseguir un fin no médico.
En específico, expuso el legislador, se trata del corte de la cola, el corte de las orejas, la sección de las cuerdas vocales, la extirpación de uñas y dientes, pero precisó, sólo se permitirán las intervenciones con anestesia que tengan un fin médico o para impedir la reproducción.
Dicho nuevo ordenamiento aprobado entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.
Fue el pasado día 8 de mayo de este año cuando presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan un segundo y tercer párrafo al artículo 3 y una fracción III bis al artículo 28 de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Veracruz, a la que se adhirieron los diputados Rodrigo García Escalante, Basilio Picazo Pérez, Regina Vázquez Saut, Sebastián Reyes Arellano, Juan Manuel del Castillo González, Eva Felicitas Cadena Sandoval, Eraclio de la Cruz Vicente y Bingen Rementería Molina.
Benítez González reconoció que gracias al trabajo, compromiso y apoyo de los diputados integrantes de la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, se presentó y aprobó dicho dictamen este jueves.
En tribuna, expuso que la principal demanda en pro de los derechos de los animales es que se reconozca que son seres capaces de sentir y sufrir dolor, por lo que la crueldad en el trato hacia ellos debe terminar.
Refirió que en 2014, en el Código Penal para el Estado de Veracruz, se adicionó un capítulo denominado Delitos Cometidos por Actos de Maltrato o Crueldad en contra de Animales, en el cual se establece en el artículo 264 Ter: “Al que intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal causándole sufrimiento o heridas, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo.”
De esta manera, las sanciones se incrementaron en una mitad en el supuesto de la utilización de métodos de extrema crueldad, entendiéndose tales como aquellos que ocasionen daños, que provoquen dolor o mutilación innecesarios y evitables, o que conduzcan a una muerte no inmediata.
Al presentar dicha iniciativa, los estados de Colima, Guanajuato, San Luis Potosí, Jalisco, Puebla, Nayarit, Yucatán, Quintana Roo, Chihuahua y la Ciudad de México, han legislado para proteger a los animales como seres vivos que sienten y sufren.
“En Veracruz nos compete a todos garantizar el respeto de los derechos de los animales, para poder avanzar como sociedad, dando un trato digno a otras formas de vida que conviven con nosotros, que en ocasiones son vistas como animales de compañía y que, además, tienen un efecto positivo en las relaciones familiares”, aseveró.