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Trabaja Cristina Alarcón por la protección de las niñas y niños veracruzanos

Trabaja Cristina Alarcón por la protección de las niñas y niños veracruzanos

La diputada Cristina Alarcón Gutiérrez, Presidenta de la Comisión Permanente de Derechos de la Niñez y la Familia, se reunió con su homónima federal, diputada Rosalba Valencia Cruz, Presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia del Congreso de la Unión, para tratar asuntos relacionados con mecanismos para la protección de niñas, niños y adolescentes veracruzanos en contra de la violencia.

En entrevista, la legisladora señaló que en próximos días continuarán los trabajos con la diputada federal, toda vez que la protección a la niñez y adolescencia, como parte integral de la familia, es fundamental para el funcionamiento y armonía de la sociedad.

Reducen plazos para el registro de recién nacidos en la entidad

Reducen plazos para el registro de recién nacidos en la entidad

El Pleno de la LXV Legislatura reformó el artículo 681 del Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con lo que se reducen los plazos para el registro de recién nacidos en la entidad, prevaleciendo el interés superior del menor.

Durante la sesión extraordinaria y con 41 votos a favor, sin abstenciones ni votos en contra, este Congreso avaló el dictamen de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, que es resultado de la iniciativa presentada el 19 de noviembre de 2020 por las y los integrantes del Grupo Legislativo Mixto de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México (PRI-PVEM), leída en tribuna por el diputado Jorge Moreno Salinas.

De esta manera, la redacción del Artículo 681 refiere que “tienen la obligación de declarar el nacimiento: el padre y la madre, de manera inmediata, si en el hospital donde nació el menor hubiere módulo del Registro Civil, o dentro de los sesenta días de ocurrido aquél” a diferencia de la anterior redacción que señalaba 180 días. Con esta modificación se da celeridad al procedimiento.

El dictamen refiere que con esta modificación se armoniza el Código Civil con lo previsto tanto en la Convención de los Derechos del Niño como en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como con la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en términos del plazo del registro en 60 días.

Por otra parte, se amplía la hipótesis de los sujetos obligados a dar aviso al Registro Civil del nacimiento de una persona, quedando de la siguiente manera: “El personal médico, cirujano, de partería y matronas que hubieren asistido al parto tienen obligación de dar aviso por escrito del nacimiento a la persona responsable del Registro Civil, dentro de las veinticuatro horas siguientes.

“Si el nacimiento tuviere lugar en un hospital o sanatorio particular o público, la obligación estará a cargo del director o de la persona encargada de la administración, dentro del mismo plazo”.

De acuerdo con el texto del dictamen y con las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), del total de los nacimientos registrados durante 2018, un millón 932 mil 085 fueron atendidos en una clínica u hospital (con un incremento de 0.4 por ciento respecto a 2017) y 81 mil 585 en domicilio particular (con una disminución del 0.1 por ciento respecto al año anterior), lo que da viabilidad a la propuesta de reforma.


Autoriza Congreso donación de terreno en Nogales a favor de la Fiscalía General

Autoriza Congreso donación de terreno en Nogales a favor de la Fiscalía General

El Pleno de la LXV Legislatura del Estado de Veracruz aprobó el dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, mediante el cual se autoriza al ayuntamiento de Nogales, Veracruz, la enajenación, a título gratuito, de un predio suburbano de propiedad municipal, a favor de la Fiscalía General del Estado (FGE) para la ampliación del cementerio ministerial y de estacionamiento del servicio médico forense de la Unidad Integral en ese lugar.

Este aval, otorgado por el Poder Legislativo durante la sesión extraordinaria celebrada este jueves, se otorga de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, y de manera concurrente, por los párrafos primero y segundo del Artículo 467 del Código Hacendario Municipal para el Estado, por lo que si el bien inmueble se destinara a un fin distinto al señalado, sin necesidad de declaración judicial, se revertirá al patrimonio del municipio de Nogales.

El predio en mención cuenta con una superficie total de 2 mil 014.14 metros cuadrados y está ubicado en la calle Reventón, número seis, dentro de la colonia Los Colorines en la localidad El Encinar, perteneciente al municipio.

Asimismo, en la sesión, las diputadas y diputados le autorizaron al Ayuntamiento de Nogales la donación de un bien inmueble urbano, de propiedad municipal, a favor del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para la construcción y el uso exclusivo de una Ciudad Judicial en ese municipio, con la finalidad de que la instalación de ese recinto sirva en beneficio de las y los ciudadanos del Distrito Judicial XV.

La fracción de terreno urbano es deducida de una mayor, de propiedad municipal, con una superficie total de mil 425.00 metros cuadrados, ubicados en el Andador número 1, esquina Andador Rafael Moreno, 1 y 2, Colonia Centro, dentro de la cabecera perteneciente a dicho municipio.



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Con licencia tipo A podrá conducirse también unidades particulares y de carga

Con licencia tipo A podrá conducirse también unidades particulares y de carga

Las diputadas y diputados de la LXV Legislatura aprobaron reformas a la ley con las que se establece que el poseedor de la licencia tipo “A” podrá conducir los vehículos señalados en la tipo B y C, aunado a que se amplía a diez años la vida útil de las unidades destinadas para el servicio de taxi, siempre y cuando cuenten con las adecuadas condiciones mecánicas y de seguridad.

Durante la sesión extraordinaria, celebrada este 25 de febrero, el Pleno aprobó, con 41 votos a favor, sin abstenciones ni votos en contra, el dictamen de la Comisión Permanente de Transporte, Tránsito y Vialidad, resultado de las iniciativas presentadas por la diputada Magaly Armenta Oliveros y el Grupo Legislativo Mixto de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México (PRI-PVEM).

Con esta modificación, queda asentado en el artículo 54 de la Ley Número 589 de Tránsito y Transporte para el Estado que la licencia de chofer tipo “A” autoriza a su titular a conducir vehículos de motor dedicados al servicio de transporte público de pasajeros y los descritos en los dos párrafos subsecuentes (tipo B y C).

Los vehículos que sean utilizados para prestar el servicio de transporte público reunirán las características, condiciones técnicas, mecánicas, electromecánicas, de seguridad e higiene necesarias y deberán portar los engomados respectivos, uniformidad de color por municipio y demás requisitos establecidos.

De igual forma, se establece que la Dirección de Transporte podrá suspender, de uno a tres meses, los derechos derivados de una concesión cuando los vehículos dedicados a la prestación del servicio de transporte público no cumplan con lo establecido en los artículos 47 al 51 de la ley, siempre y cuando el engomado de la verificación vehicular no exceda de seis meses de vigencia, de lo contrario, será causal de revocación.

Por otra parte, fue derogado el Artículo 59 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, que estaba relacionado con la obligación de que conductores y operadores deban portar la licencia de la categoría y tipo que corresponda al vehículo que estén utilizando.

La Comisión dictaminara coincidió con los autores en relación con que no se actualizará la revocación de concesión por no contar con la verificación vehicular y el engomado, sino que se iniciará con la suspensión de los derechos de la concesión, como una medida de apoyo para los concesionarios, a fin que se regulen a la brevedad.




Aprueban Ley de Participación Ciudadana para la Prevención Social de la Violencia

Aprueban Ley de Participación Ciudadana para la Prevención Social de la Violencia

La LXV Legislatura del Estado aprobó la creación de la Ley de Participación Ciudadana para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, resultado de la iniciativa presentada a este Poder Legislativo, el pasado 28 de enero, por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez.

Esta nueva Ley, aprobada con 40 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra, destaca que la prevención social de la violencia y la delincuencia se entenderá como el conjunto de políticas públicas, programas, estrategias y acciones orientadas a combatir y reducir los factores de riesgo que favorezcan la generación de la violencia y la delincuencia en perjuicio de la sociedad veracruzana.

De acuerdo con la norma aprobada, la prevención social de la violencia y la delincuencia se llevará a cabo mediante la implementación de programas integrales de desarrollo social, cultural y económico que no produzcan estigmatización, incluidos los de salud, educación, vivienda, empleo, deporte, desarrollo urbano y seguridad pública.

También, con la promoción de actividades que eliminen la marginación y la exclusión, el fomento de la solución pacífica de conflictos, a través de los medios alternativos que determine la normatividad respectiva y con estrategias de educación y sensibilización de la población para promover la cultura de legalidad y la paz respetando las diversas identidades culturales, incluye programas generales y aquellos enfocados a grupos sociales y comunidades en altas condiciones de vulnerabilidad.

Aunado lo anterior a programas que modifiquen las condiciones sociales de la comunidad y generen oportunidades de desarrollo, especialmente para los grupos en situación de riesgo, vulnerabilidad o afectación.

En el artículo 10 queda asentado que el acceso a la justicia y la atención a víctimas de violencia y delincuencia debe considerar la asistencia, protección, reparación del daño y prevención de la revictimización, a través de la atención inmediata y efectiva a víctimas de delitos, en términos del impacto emocional y el proceso legal, velando por sus derechos y su seguridad en forma prioritaria.

Asimismo, con atención psicológica especializada, inmediata y subsecuente realizada por profesionales, considerando diferentes modalidades terapéuticas, brindando respuesta a las peticiones o solicitudes de intervención presentadas por las víctimas de la violencia y la delincuencia, a través de los mecanismos creados para ese fin y la reparación integral del daño que incluye el reconocimiento público, la reparación del daño moral y material, así como las garantías de no repetición.

Se contempla que el Consejo Estatal de Seguridad Pública sea la máxima instancia para la coordinación y definición de la política de prevención social de la violencia y la delincuencia, con participación ciudadana. Este Consejo contará con la Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad Pública para coordinar e implementar la política de prevención social de la violencia y la delincuencia, misma que se apoyará en el Centro Estatal, en los términos que señalan las leyes y demás normativa aplicable.

Para llevar a cabo los objetivos y fines del Programa para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, el Consejo Estatal contará con el apoyo de instancias auxiliares en las que participen las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal que cuenten con atribuciones o ejecuten acciones o programas relacionados con la materia de prevención social de la violencia y la delincuencia, y con la intervención de organizaciones de la sociedad civil.

La participación ciudadana se hace efectiva a través de la actuación de las personas en las comunidades, en las redes vecinales, las organizaciones para la prevención social de la violencia y la delincuencia, en los Comités de Participación Ciudadana, en los comités escolares, en el Centro Estatal o a través de cualquier otro mecanismo local o legal, creado en virtud de sus necesidades.

Los Comités de Participación Ciudadana son los órganos establecidos con el objeto de coadyuvar en la función pública, conformados por integrantes de la sociedad civil, con la finalidad de colaborar en los procesos de planeación, evaluación y supervisión de las políticas de prevención social de la violencia y de la delincuencia.

Los programas municipales de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana, que deban incluirse en los Planes Municipales de Desarrollo, se cubrirán con cargo a sus respectivos presupuestos y se sujetarán a las bases que establecen esta Ley y demás disposiciones legales aplicables.

En nombre del Grupo Legislativo de Morena, el diputado José Manuel Pozos Castro señaló que esta Ley se armoniza con la disposición general, además que privilegia la participación ciudadana en la prevención de delito, estableciendo reglas que propician el buen desarrollo del entorno social y fortaleciendo la convivencia y la cohesión, para disminuir, principalmente, los factores de riesgo que generen violencia e incidencia delictiva.

Tras su aprobación por el Pleno, la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Adriana Paola Linares Capitanachi, instruyó remitir el decreto al Ejecutivo estatal para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial del Estado.



Aprueba Congreso Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública

Aprueba Congreso Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública

El Congreso del Estado aprobó, con 32 votos a favor, nueve en contra y cero abstenciones, la creación de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que tiene por objeto regular la coordinación entre el estado y los municipios y de ambos con la federación, mediante la integración, la organización y el funcionamiento del Sistema Estatal de Seguridad Pública.

Así también, establece el marco jurídico aplicable al Servicio Profesional de Carrera en las Instituciones de Seguridad Pública, conforme a la distribución de competencias señaladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

El dictamen con proyecto de ley, emitido por la Comisión Permanente de Seguridad Pública y votado por el Pleno en Sesión Extraordinaria del Primer Receso del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, deriva de la Iniciativa de Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez, el 27 de enero del presente año.

En el proyecto se expone que la reforma al marco jurídico constitucional federal del 29 de enero de 2016 incluye la prevención de los delitos, la investigación y persecución de los mismos, para hacer efectiva la seguridad pública; así también, comprende la sanción de las infracciones administrativas, en términos de la ley, conforme las competencias que la Constitución señala y que la actuación de las Instituciones de Seguridad Pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos por la propia Constitución de la República.

El dictamen advierte que dichas adecuaciones son tan extensas que, a juicio del proponente, resulta conveniente la creación de una nueva ley que considere todos los aspectos señalados por las nuevas necesidades dadas con las reformas y leyes.

A la consolidación de la estructura del Sistema Estatal de Seguridad Pública, con nuevas atribuciones y facultades de los órganos que lo componen, se agregan de manera explícita la responsabilidad y obligaciones de las autoridades municipales y se observa la adición de la participación de los Comités de Participación Ciudadana, homologándolos al Sistema de Seguridad Pública.

Además, se asegura la correcta, profesional, satisfactoria y segura integración, administración, gestión y resguardo de las diversas bases de datos del Sistema Estatal de Información en Seguridad Pública, armonizando la legislación estatal con las disposiciones de la Ley Nacional del Registro de Detenciones. Se asegura también la transparencia durante el debido proceso y la existencia de procesos abreviados.

Con esta nueva ley, quedan abrogados la Ley Número 310 y el Título Décimo, el Capítulo II del Título Tercero y los artículos 21 y 21 Bis de la Ley Número 553, ambas del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Asimismo, se contempla que los servicios de carrera vigentes en las Instituciones de Seguridad Pública a la fecha de entrada en vigor del ordenamiento, deberán ajustarse a los requisitos, criterios y procedimientos que establecen la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y esta Ley, en un plazo no mayor a un año.

A su vez, el personal adscrito a las unidades, áreas u órganos de la Secretaría que cambien de denominación serán readscritos a las nuevas estructuras administrativas que absorban las funciones específicas que desempeñaban, y les serán respetados su antigüedad y derechos que les correspondiere al momento de la entrada en vigor del ordenamiento.

La discusión

El diputado Carlos Manuel Jiménez Díaz, del Grupo Legislativo de Morena, dijo desde la tribuna que uno de los legítimos anhelos de la sociedad veracruzana es vivir en un ambiente en el que imperen el orden, el respeto y la armonía en aras de consolidar una cultura de paz y legalidad.

Consideró indispensable generar, con irrestricto respeto a los derechos humanos y las libertades, las condiciones necesarias que garanticen a la población bienestar y progreso. Además, señaló que “la lucha contra la inseguridad debe ser de frente, con estrategia y leyes situadas a la altura de las circunstancias y los retos imperantes”.

Por el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), el diputado Omar Guillermo Miranda Romero manifestó que la seguridad pública es una atribución concurrente, que compete a todos los órdenes de gobierno, consignada en la Constitución Política del país.

Se pronunció por que se transparente desde la Ley los montos o porcentajes que se destinarán en el ejercicio presupuestal correspondiente al fortalecimiento de las acciones de seguridad pública en el Estado y los municipios, propiciando la certeza en el gasto público.




Autoriza Congreso a cinco munícipes licencia para separarse del cargo

Autoriza Congreso a cinco munícipes licencia para separarse del cargo

Durante el desarrollo de la tercera sesión ordinaria, la Diputación Permanente de la LXV Legislatura, presidida por la diputada Adriana Paola Linares Capitanachi, puso a consideración de este órgano legislativo las licencias para separarse del cargo, sin goce de sueldo, de cinco presidentes municipales, mismas que fueron aprobadas por obvia resolución.

Los presidentes municipales que les fue autorizada la licencia son: Chontla, Eric Abraham Sosa Mar, del periodo del 3 de marzo al 11 de junio; Orizaba, Igor Fidel Rojí López, del 8 de marzo al 7 de junio; Papantla, Mariano Romero González, del 26 de febrero al 11 de junio; Pueblo Viejo, Luis Fernando Cervantes Cruz, del 5 de marzo al 15 de junio y Zongolica, Juan Carlos Mezhua Campos, del 7 de marzo al 7 de junio, todas del presente año.

De igual forma les fue autorizada la licencia a quienes ostentan regidurías: Isabel Jiménez Morales, regidora segunda de Papantla, del 6 de marzo al 10 de junio; Gregoria Miguel Reyes, regidora segunda de Poza Rica de Hidalgo, del 6 de marzo al 15 de junio, y Zoila Aguilar Aguilar, regidora tercera de Tlapacoyan, del 2 de marzo al 8 de junio, en todos los casos, del presente año.

Además, fueron turnadas a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) las solicitudes de licencia de presidentes municipales, quienes a su vez hacen del conocimiento que el respectivo presidente municipal suplente manifiesta su deseo de no ocupar el cargo. Este es el caso del presidente municipal de Ixhuatlancillo, Israel Pérez Villegas, quien se ausentará del 1 de marzo al 10 de junio, y del munícipe Armando Antonio Gómez Betancourt, de Ozuluama, que solicita licencia para el periodo del 6 de marzo al 15 de junio, en ambos casos, de esta anualidad.

Por otra parte, fue turnado a la Jucopo el oficio por el cual el Cabildo de Tamiahua informa sobre la renuncia de la C. Ana Bertha Hernández Correa, presidenta municipal suplente, y a la vez se propone que el C. José Luis Vicencio Santiago, regidor primero, pase a ocupar el cargo, en tanto dure la licencia respectiva.

Asimismo, se dio entrada al oficio enviado por el Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción mediante el cual remite recomendación, no vinculante, dirigida a los Congresos de las Entidades que en sus leyes locales anticorrupción hayan dispuesto la creación de Sistemas Estatales de Fiscalización para que realicen las reformas legales conducentes para la correcta integración y funcionamiento de los Sistemas Locales Anticorrupción, en términos de la Ley General del Sistema Anticorrupción.

En la sesión, esta Soberanía conoció de las renuncias de agentes y subagentes municipales y del trámite correspondiente.

Plantea PRI-PVEM ley que haría obligatorio el uso de cubrebocas en la entidad

Plantea PRI-PVEM ley que haría obligatorio el uso de cubrebocas en la entidad

La Diputación Permanente de la LXV Legislatura dio entrada a la iniciativa con proyecto de Ley que Regula el Uso de Cubrebocas y demás Medidas para Prevenir la Transmisión de la Enfermedad Provocada por el Virus SARS-COV-2 (Covid-19) en el Estado de Veracruz, propuesta por las y los integrantes del Grupo Legislativo Mixto de los Partidos Revolucionario Institucional y del Verde Ecologista de México (PRI-PVEM).

De acuerdo a la iniciativa, esta nueva Ley establecería, como medida de prevención y cuidado a la salud pública, el uso obligatorio de cubrebocas en las personas, con los casos de excepción previstos, así como otras medidas para prevenir la transmisión y riesgos de contagio de Covid-19, durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria ocasionada por dicha pandemia y hasta que la autoridad sanitaria competente declare oficialmente su conclusión.

El uso de cubrebocas sería obligatorio para todas las personas que se encuentren en el territorio estatal, en vías y espacios públicos o de uso común, en el interior de establecimientos comerciales, de industrias o servicios, centros de trabajo, centros y plazas comerciales, considerados como esenciales o no esenciales; así como para usuarios, operadores de los servicios de transporte público, en las modalidades señaladas en la Ley de la materia.

Esta obligatoriedad no sustituye lo dictado por la autoridad sanitaria, por lo que continúa la medida de sana distancia de un metro con cincuenta centímetros de otras personas, así como las recomendaciones de que, al toser o estornudar, debe cubrirse con el ángulo interior del brazo, evitar tocarse la nariz, la boca, los ojos y cara en general y de lavarse las manos con agua y jabón frecuentemente, así como usar gel antibacterial y demás medidas que haya emitido o emita la autoridad sanitaria.

Quedan excluidos del uso de cubrebocas: los menores de dos años de edad, para evitar ahogamientos; cualquier persona que tenga problemas para respirar; personas que no puedan quitarse el cubrebocas sin ayuda, y personas que viajen solos en automóvil.

Los jornaleros agrícolas podrán utilizar como cubrebocas el paliacate, el pañuelo u otro artículo de tela que usen en el desarrollo de sus actividades laborales.

Por otra parte, se establece que los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y municipal, de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y de los organismos autónomos; y los trabajadores de cualquier centro laboral deberán portar, por lo menos, cubrebocas higiénicos, que le será dotado por su empleador, cuando se encuentren en funciones; además, se deberán observar y cumplir todas las medidas y prácticas sanitarias emitidas por las autoridades sanitarias.

Asimismo, se determina como obligatorio el uso de cubrebocas para todas las personas que ingresen a oficinas públicas, privadas o cualquier centro de trabajo a realizar un trámite, solicitar un servicio o cualquier otra actividad.

En caso de que alguna persona pretenda ingresar sin cubrebocas, se le informará e instruirá que, por disposición oficial, no podrá acceder ni recibir atención hasta que lo porte; y en el supuesto de no contar con el cubrebocas, se le otorgará de manera gratuita, ponderando en todo momento a las personas con mayor índice de vulnerabilidad.

De igual forma, se plantea que en los centros de trabajo, de los ámbitos público y privado, así como en el transporte público, se deberá contar con un filtro sanitario que ofrezca alcohol en gel con una concentración mínima del 70 por ciento y asegurarse que cada usuario que ingrese lo utilice; tener tapetes sanitizantes, mantener la sana distancia y desinfectar los espacios con regularidad, y tratándose del transporte público, al término de cada ruta.

En cuanto a las sanciones, se prevé que la persona física o moral que incumpla con las medidas sanitarias previstas en esta Ley, le serán aplicadas: amonestación con apercibimiento; trabajo comunitario; bajo su responsabilidad, entrega de material médico, y multa.

Esta propuesta legislativa, integrada por 31 artículos, a través de seis capítulos y cinco transitorios, fue turnada para su análisis a la Comisión Permanente de Salud y Asistencia.

Para el PRI-PVEM, integrado por las diputadas Erika Ayala Ríos y Andrea de Guadalupe Yunes Yunes, así como por los legisladores Jorge Moreno Salinas, Antonio García Reyes y Rodrigo García Escalante, esta nueva legislación representa un andamiaje jurídico protector y de intervención por parte del Poder Público, en favor de la prevención y no propagación de la enfermedad, tal como ya se ha realizado en entidades como Chihuahua, Colima, Michoacán, Morelos, Sonora y Zacatecas, en las que ya existen leyes que regulan el uso del cubrebocas.


Exhortan a CMAS dejar sin efecto el cobro por Servicios Ambientales a usuarios

Exhortan a CMAS dejar sin efecto el cobro por Servicios Ambientales a usuarios

El diputado Omar Guillermo Miranda Romero, presentó un Anteproyecto de Punto de Acuerdo, por el cual hace un exhorto a la Comisión Municipal de Agua Potable y Saneamiento de Xalapa (CMAS), para que deje sin efectos el acuerdo por el cual aprobó y autorizó el cobro del 2 por ciento sobre el recibo mensual de agua al usuario, como aportación voluntaria por el concepto de pago de Servicios Ambientales.

Asimismo, realizó un llamado al Organismo Descentralizado Municipal, para que establezca un método alterno de recaudación voluntaria por este concepto, debiendo emitir un recibo específico por “donación” a efecto de que pueda ser deducible de impuestos.

En este sentido, el legislador señaló que dicho acuerdo, a pesar de estar estipulado como “aportación voluntaria mensual”, aparece en el recibo dentro de un gran total global.

Al respecto, indicó que al imponerse la aportación en el recibo de consumo de agua y demás servicios anexos, lo convierte en un acto ilegal toda vez que no es una aportación económica que los sujetos deban pagar como derechos por los servicios que presta CMAS, como es el caso de los impuestos, por lo que introducir elementos para su cobro que no reflejan el consumo real, viola el principio de proporcionalidad que rige dicho pago.

De la misma forma, dijo no estar en contra que el gobierno municipal implemente acciones para mejorar los servicios ambientales; sin embargo, es imperante que esta aportación sea “verdaderamente voluntaria, y sobretodo, ir acompañada de una estrategia donde el gobierno municipal informe sobre el uso y disposición de estos recursos”, finalizó.




Ante proceso electoral, pide diputado que SSP y Fiscalía brinden garantías

Ante proceso electoral, pide diputado que SSP y Fiscalía brinden garantías

En la tercera sesión ordinaria, la Diputación Permanente dio entrada al anteproyecto propuesto por el diputado Gonzalo Guízar Valladares, mediante el cual se exhortaría a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y a la Fiscalía General (FGE), ambas del Estado, así como a las autoridades electorales estatales, para que, en el marco de sus atribuciones y obligaciones constitucionales, en la materia, generen una estrategia que garantice la seguridad de la población y la certeza del actual proceso electoral, con motivo del incremento de la violencia en la entidad.

De acuerdo al documento del legislador, en este proceso electoral, deberían confrontarse las propuestas de gobierno y las políticas públicas para solucionar los problemas históricos de los veracruzanos. “Lo que menos debiera preocupar a los partidos, a los candidatos y a la ciudadanía es el tema de la seguridad en torno a quienes, de manera directa o indirecta, intervienen en la vida política del Estado”.

Expone que los acontecimientos antes registrados en la entidad, enrarecen el clima electoral, inhiben la participación ciudadana, dificultan al árbitro electoral el ejercicio de sus atribuciones y, por consiguiente, contribuyen a la perpetuación del clima actualmente prevaleciente.

“Necesitamos que todas las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, y de manera coordinada, generen las acciones para que la sociedad en conjunto, tenga las condiciones propicias para que en el presente proceso electoral ejerza de manera libre, sus derechos político electorales”.