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Diputados declaran constitucionalidad de reforma para revocación de mandato

28 noviembre, 2019 | Paises

La Cámara de Diputados emitió este jueves la declaratoria de
constitucionalidad de la reforma en materia de consulta popular y revocación de
mandato.

El pasado 5 de noviembre los diputados avalaron la minuta
del Senado de la República sobre dicha reforma y la turnaron a los congresos
locales para su análisis y ratificación.

Este jueves, los congresos de Campeche, Chiapas, Ciudad de
México, Colima, Durango, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco,
Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco y
Tlaxcala aprobaron la reforma.

Únicamente el congreso de Guanajuato fue el que se pronunció
en contra.

Contabilizados los votos, la presidenta en funciones de la
Mesa Directiva, Dolores Padierna, declaró “reformadas y adicionadas las
diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación de mandato”.

El decreto modifica y adiciona diversas disposiciones de los
artículos 35, 36, 41, 81, 84, 99, 116 y 122 de la Constitución.

En materia de revocación de mandato, se establece que el
presidente de la República, las y los gobernadores de los estados y el jefe o
la jefa de Gobierno de la Ciudad de México serán sujetos de la misma.

En el caso del presidente, el proceso de revocación será
convocado por el INE a petición de al menos el tres por ciento de la lista
nominal de electores en al menos 17 entidades federativas, mismas que también
deberán reunir el tres por ciento de su lista nominal de manera individual.

“Se solicitará en una sola ocasión y durante los tres meses
posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional del
mandato”, señala la reforma.

Durante la duración del proceso se deberá suspender la
difusión en medios de comunicación de toda propaganda gubernamental, en tanto
que los resultados podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Para ejercer la revocación de mandato con Andrés Manuel
López Obrador, la recolección de firmas tendrá que comenzar en noviembre y
concluir el 15 de diciembre de 2021.

En el caso de las consultas populares, deberán ser sobre
temas de trascendencia nacional y regional. Los temas nacionales deberán ser
respaldados por el dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de
electores. Los regionales deberán impulsarse por el dos por ciento de la lista
nominal de electores de cada estado.

Se realizarán el primer domingo de agosto.