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Avala Congreso reformas para proteger a víctimas de violencia familiar

29 mayo, 2020 | Congreso

El Pleno de la LXV Legislatura, aprobó el dictamen de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales por el que se reforma el artículo 154 Quater, del Código Penal del Estado de Veracruz, que faculta al Ministerio Público a tener las medidas preventivas necesarias para salvaguardar la integridad física o psíquica de la víctima de violencia familiar, debiendo informar al juez para que en audiencia pública decrete lo procedente.

El dictamen, resultado de la iniciativa presentada por la diputada Rosalinda Galindo Silva, dota al Ministerio Público de los instrumentos jurídicos necesarios, para que al momento de conocer de los hechos, pueda ordenar las medidas preventivas constituyendo acciones anticipadas, disuadiendo afectaciones mayores para las víctimas de violencia familiar.

La reforma responde a que las medidas actuales del Ministerio Público resultan limitadas en sus atribuciones al actuar a favor de las víctimas, por lo que la reforma a dicho artículo dota al Ministerio Público para tener, a su alcance inmediato, las medidas de protección que protejan anticipadamente a las víctimas de violencia familiar.

En este sentido, el artículo 154 Quater del Código Penal de la entidad, ya contempla las medidas de prevención para salvaguardar la atención de las víctimas, sin embargo éstas se encontraban condicionadas a petición del juez, por lo que con esta reforma, las víctimas dejarán de estar desprotegidas temporalmente pues no se tendrá que esperar a que el juez acuerde al respecto.

Durante su intervención, la autora de la iniciativa, diputada Rosalinda Galindo Silva, resaltó que actualmente la atribución del Ministerio Público, para acordar medidas preventivas de protección que le impone el Código Penal local, resulta limitada en comparación con la atribución que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales, para ordenar en favor de las víctimas de violencia familiar.

Asimismo, señaló que el Código Nacional de Procedimientos Penales, en el artículo 137 párrafo primero, otorga, entre otras atribuciones del Ministerio Público, la atribución de ordenar medidas de protección idóneas, para salvaguardar la seguridad de las víctimas, por lo que la propuesta que hoy presenta la Comisión de Justicia armoniza el Artículo 154 Quater del Código Penal para el Estado, a la disposición Federal.

El dictamen fue aprobado con 24 votos a favor, 7 en contra y 14 abstenciones.