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Buscan prohibir reelección y nepotismo electoral en cargos de elección popular

26 junio, 2025 | Congreso

Diputadas y diputados propusieron reformar cuatro artículos de la Constitución Política del estado de Veracruz y armonizarla con la Carta Magna federal, a fin de fortalecer el ejercicio de los derechos políticos, al prohibir la reelección inmediata para legisladores y ediles, y al incorporar el concepto de “nepotismo electoral” como impedimento para el acceso a cargos de elección popular garantizado una representación más efectiva, equitativa y transparente.

El Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en voz de su coordinador, diputado Carlos Marcelo Ruiz Sánchez, presentó dicho proyecto en la Novena Sesión Ordinaria.

Primeramente, proponen que las diputadas y los diputados locales no puedan ser reelectos para el período inmediato posterior al ejercicio de su mandato. Se precisa que la prohibición de la reelección inmediata se implementará a partir de los procesos electorales de 2030, en sincronía con el calendario federal para dicho efecto.

Además, que no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con quien esté ejerciendo la titularidad de la diputación en el distrito por el que se postula o de la Legislatura del estado.

Los mismos criterios aplican en los casos de la titularidad del Poder Ejecutivo federal o del estado y de la presidencia municipal, regiduría o sindicatura en el mismo ayuntamiento al que se postula.

Esta propuesta, destacan sus proponentes, abona a la fortaleza de las instituciones y al pleno respeto de los derechos de las veracruzanas y los veracruzanos a estar debida y eficazmente representados.

Con la adhesión del Grupo Legislativo de Morena, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 21, 22, 43 y 69 de la Constitución Política del estado fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Organización Política y Procesos Electorales.