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Diputados avalan hasta siete años de prisión por violencia familiar

03 marzo, 2020 | Paises

Con 431 votos a favor y uno en contra el pleno de la Cámara
de Diputados avaló modificaciones, al Código Penal Federal aumentar el castigo
a quien ejerza la violencia familiar con hasta siete años de prisión y de
manera paralela, el agresor perderá el derecho a pensión alimenticia.

«A quien cometa el delito de violencia familiar se le
impondrá de tres a siete años de prisión y perderá el derecho de pensión
alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico
especializado», describe la modificación al artículo 343 Bis del Código
Penal Federal.

En un dictamen que fue enviado al Senado de la República
también se aumenta de cuatro hasta siete años, a quien realice violencia
familiar contra personas sujetas a la custodia, guarda, protección, educación,
instrucción o cuidado de dicha persona.

«Se equipara a la violencia familiar y se sancionará
con tres a siete años de prisión al que realice cualquiera de los actos
señalados en el artículo anterior en contra de la persona que esté sujeta a la
custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha
persona», describe la modificación al artículo 343 Ter del mismo Código
Penal Federal.

De acuerdo con el Código Penal Federal comete el delito de
violencia familiar quien lleve a cabo actos o conductas de dominio, control o
agresión física, psicológica, patrimonial o económica a alguna persona con la
que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por
consanguinidad, afinidad o civil, concubinato, o una relación de pareja dentro
o fuera del domicilio familiar. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la
Dinámica de las Relaciones en los Hogares de 2016, 43.9% de las mujeres que
tuvieron una relación sentimental sufrieron algún tipo de agresión o violencia
por parte de su pareja, y el 42.5% que se han unido o casado han sido víctimas
de violencia física o sexual.

De conformidad con los Instrumentos Internacionales
suscritos por México en materia de prevención, sanción y erradicación de la
violencia en contra de las mujeres, es necesario fortalecer la protección de
las mujeres y niñas en la legislación penal mexicana.

Cambios a la Ley General para la Igualdad

De manera paralela, la Cámara de Diputados aprobó cambios a
la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a fin de que las
autoridades correspondientes diseñen políticas y programas de desarrollo
empresarial, industrial y comercial en favor del empoderamiento igualitario
entre mujeres y hombres.

El dictamen, aprobado con 408 votos a favor, cero en contra
y cero abstenciones, adiciona una fracción X bis al artículo 34 de dicha ley;
fue remitido al Senado de la República. El documento resalta que es fundamental
empoderar a las mujeres y desarrollar condiciones para su plena participación
en la política, la economía, la cultura, los negocios y en todas las áreas del
desarrollo en un plano de igualdad.

Subraya que, aun cuando el incremento de la participación de
las mujeres durante las tres últimas décadas ha sido consistente, «las
disparidades de género siguen siendo considerables», pues existen barreras
invisibles en cuanto a los salarios, al acceso a puestos directivos, y están
excesivamente representadas en los sectores económicos de baja productividad
y/o en la economía informal.

Refiere que, de acuerdo a información de Naciones Unidas, la
plena participación de las mujeres en la fuerza de trabajo añadiría puntos
porcentuales a la mayoría de tasas de crecimiento nacional que serían, en
muchos casos, de dos dígitos. La inversión en programas que mejoran las
actividades generadoras de ingresos para las mujeres puede generar unos
beneficios de 7 dólares por cada dólar gastado.