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SCJN pide perspectiva de género en investigaciones de asesinato de mujeres

23 diciembre, 2019 | Paises

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció
que cuando se investigue el asesinato de una mujer se tome en cuenta la
perspectiva de género.

“La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación estableció que cuando se investigue la muerte violenta de una mujer,
además de realizar las diligencias que se hacen en cualquier caso de esta
índole, las autoridades investigadoras deben identificar la posible presencia
de motivos o razones de género que originen dicha muerte”, detalló la SCJN en
un boletín.

Asimismo, la primera sala destacó que la eficacia de la
investigación, en el caso de muertes violentas de mujeres, “depende de manera
directa y en gran medida, de la prueba técnica realizada por los peritos”.

“Así, deben preservarse evidencias específicas para
determinar si hubo violencia sexual y se deben hacer las periciales pertinentes
para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia”,
indicó el texto.

De la misma forma, los protocolos para la investigación de
muertes de mujeres establecen que deben realizarse diversos peritajes
tendientes a determinar si el cuerpo presenta signos de defensa y lucha e
indicios de maltrato crónico anterior a la muerte de la víctima.

“Principalmente poniendo atención a signos en los bordes
cubitales de manes y antebrazos, uñas, así como mordeduras de mamas o
contusiones al interior de los muslos, entre otras cuestiones probatorias
relevantes”, indicó el Supremo.

En el caso de muertes de mujeres se deben identificar las
conductas que causaron la muerte y verificar la presencia o ausencia de motivos
de género que originan o explican la muerte de la víctima.

“En ese sentido, se debe investigar, de oficio, las posibles
connotaciones discriminatorias por razón de género en un acto de violencia
perpetrado contra una mujer”, concluyó.

Este asunto tratado por la Suprema Corte se deriva de la
muerte de una mujer, en la cual su esposo, al ser policía ministerial,
participó en la recaudación de pruebas, en la cadena de custodia y protección
de evidencia de la escena del crimen.

Derivado de todo ello -explicó el comunicado- la muerte se
hizo pasar inicialmente como un suicidio por asfixia. Sin embargo, de acuerdo
con la declaración rendida por la madre de la víctima y de otras personas
cercanas a ella, el esposo tenía a la víctima sometida a una situación de
violencia física, económica y verbal.

No se protegió la escena del crimen ni la cadena de
custodia, no se recogió evidencia de la escena del crimen y esta fue
contaminada, indicó la Suprema Corte de Justicia.

No obstante, la madre de la víctima promovió diversos
amparos que fueron negados, hasta llegar al Alto Tribunal, que estableció que
las autoridades que investigan la muerte violenta de una mujer deben hacerlo
con perspectiva de género.

Posteriormente, se reabrió la investigación y a consecuencia
de ello, el esposo fue detenido y procesado.

En 2018 se registraron 3 mil 752 defunciones por homicidio
de mujeres, la cifra más alta de los últimos 29 años (1990-2018), por lo que se
estima que cada día son asesinadas unas diez mujeres en México.

Según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública, entre enero y noviembre de 2019 se registraron 916
feminicidios.