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TEPJF confirma sanción para ‘El Bronco’ y multa de 115 mil pesos

26 septiembre, 2019 | Paises

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación (TEPJF) confirmó una resolución para sancionar al gobernador
de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, “El Bronco” por faltar al principio de
imparcialidad entre quienes aspiraban a una candidatura independiente a la
Presidencia de la República.

Por unanimidad de votos, en la sesión pública realizada la
víspera, los magistrados confirmaron la sanción incidental en la que la sala
especializada estableció la ruta legal por la que el Congreso de Nuevo León
sancione al mandatario.

El 21 de junio de 2018, la Sala Regional Especializada del
Tribunal Federal dictó sentencia al tener acreditado que 572 servidores
públicos y Rodríguez Calderón, en su calidad de gobernador, faltaron al
principio de neutralidad e imparcialidad del servicio público para influir en
la competencia entre quienes aspiraban a una candidatura independiente a la
Presidencia del país.

El gobernador de Nuevo León y su secretario de Gobierno,
Manuel Florentino González Flores, pretendían revocar la sanción al argumentar
que no se les dio el debido derecho de audiencia, que el Congreso local no es
su superior jerárquico y que la sala especializada se extralimitó al ordenar la
determinación de una sanción.

Sin embargo, la Sala Superior avaló la sentencia impugnada,
“ya que la misma fue notificada correctamente por estrados a los actores, de
ahí que no estén en posibilidad de impugnar las consideraciones relacionadas
con el fondo de la decisión de la sala especializada, indicó en un comunicado.

Asimismo, confirmó una multa por 115 mil pesos contra
Rodríguez Calderón por no reportar aportaciones en especie en los informes de
campaña correspondientes al proceso electoral local 2014-2015 en Nuevo León,
consistentes en más de 570 mil mensajes de texto vía telefonía celular.

En la misma sesión, respaldó la sentencia emitida por la
sala regional especializada que declaró responsable al coordinador general de
Comunicación Social y vocero del Gobierno de la República, Jesús Ramírez
Cuevas, por difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Esto luego de que el 2 de junio el Partido Acción Nacional
(PAN) presentó una queja por la publicación de propaganda gubernamental en
Twitter y YouTube el 1 y 2 de junio de 2019, periodo de veda y jornada
electoral en las elecciones en seis estados de la República.

Los magistrados consideraron que el vocero de la Presidencia
de la República vulneró los principios de equidad e imparcialidad, luego de que
aclarar que la libertad de expresión de los servidores públicos está limitada
al respeto de los derechos de terceros.

La sala superior ordenó además comunicar la referida
sentencia al presidente de la República, dado que la ley establece que cuando
se detecten conductas infractoras de servidores públicos, debe darse vista al
superior jerárquico.