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Multas en telecom violan la Constitución: SCJN

06 septiembre, 2019 | Paises

Las multas entre 1% y 3% de la Ley Federal de
Telecomunicaciones y Radiodifusión violan el artículo 22 de la Constitución,
resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

«El artículo 298, inciso B, fracción III de la Ley
Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que sanciona con una multa del 1%
al 3% de los ingresos acumulables al concesionario o autorizado que no cumpla
con los términos establecidos en una concesión o autorización (en casos no
sancionados con revocación) es violatorio del artículo 22 de la Constitución
general», señala la Corte en un comunicado.

El Pleno indica que las multas deben sujetarse a reglas
adecuadas para que las autoridades puedan fijar su monto conforme al principio
de proporcionalidad contemplado en el artículo señalado.

«El monto mínimo de sanción previsto en la norma
reclamada no es proporcional a la gravedad de la conducta en todos los casos
potencialmente comprendidos dentro del supuesto consistente en el
incumplimiento a una concesión o autorización».

La Corte concedió el amparo y protección de la justicia de
la unión a Talktel a efecto de eliminar el mínimo de uno por ciento.

«De esta manera, en lo sucesivo, el artículo deberá
leerse para la quejosa de la siguiente forma: con multa por el equivalente
hasta el 3 % de los ingresos del concesionario o autorizado».