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Recibe Congreso iniciativa de Ley de Comunicación Social para Veracruz

03 mayo, 2019 | Congreso

La LXV Legislatura dio entrada a la iniciativa de Ley de Comunicación Social para el Estado de Veracruz, enviada por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez y cuyo objeto es establecer las normas a las que deberán sujetarse los entes públicos a fin de garantizar que el gasto en comunicación social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, a la vez que respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos.

La iniciativa, presentada durante la apertura del segundo periodo ordinario de sesiones, señala que las campañas de comunicación social evitarán difundir contenidos tengan por finalidad destacar, de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público, con excepción de lo previsto en el artículo 14 de esta Ley.

Además de incluir mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a valores, principios y derechos constitucionales; incitar a la violencia o a comportamientos contrarios al orden jurídico e inducir a la confusión mediante símbolos, ideas, expresiones, diseños o imágenes utilizadas por cualquier organización política o social.

Asimismo, indica que las campañas de comunicación social deberán considerar el uso de la Lengua de Señas Mexicana por medio de un intérprete o subtitulaje, así como de textos o tecnologías que permitan el acceso a los contenidos de comunicación social en televisión o video a las personas con discapacidad auditiva.

Para la difusión de campañas de comunicación social y de mensajes para atender situaciones de carácter contingente, los entes públicos deberán sujetarse a las disposiciones del presupuesto de egresos del Estado o a sus presupuestos de egresos respectivos, así como a su programa anual de comunicación social.

Se prevé que durante el tiempo que comprendan las campañas electorales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión de toda campaña de comunicación social en los medios de comunicación.

Exceptuando las campañas de información de las autoridades electorales; las relativas a servicios educativos y de salud; las necesarias para la protección civil en casos de

emergencia, y cualquier otra que autoricen los órganos electorales competentes, de manera específica durante los procesos electorales.

Los entes públicos deben elaborar una estrategia anual de comunicación social, para efecto de la difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales, mismo que deberá contener misión y visión oficiales; objetivos institucionales; metas o estrategias transversales relacionadas con los objetivos señalados; programas sectoriales o especiales, así como temas específicos derivados de los objetivos estratégicos o transversales que abordarán en las campañas del programa anual de comunicación social.

Por otra parte se contempla la creación del “Padrón Estatal de Medios de Comunicación”. La información contenida en este padrón será pública y accesible a distancia. El empadronamiento en ningún caso, por ese solo hecho, implicará la obligación de contratación por parte de los entes públicos.

De igual manera deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información sobre los montos destinados a gastos relativos a campañas de comunicación social desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña, de conformidad con la legislación aplicable.

Para su estudio y dictamen la iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Gobernación.