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Enviará Gobierno Federal recursos complementarios a entidades para proyectos de vivienda de población marginada

02 mayo, 2019 | Paises

El Pleno del Senado de la República aprobó reformas a la Ley de Vivienda para que el Gobierno Federal, a través de acuerdos o convenios que celebre con los gobiernos estatales y municipales, transfiera recursos económicos que complementen la realización de sus proyectos de vivienda y suelo, destinados a la población en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad.

También se estableció buscar el acceso del mayor número de personas a la vivienda, estableciendo mecanismos que beneficien preferentemente a dicho sector de la población.

En un asunto no inscrito en el orden del día, el presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres, dio cuenta de la recepción del dictamen de las comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda, y de Estudios Legislativos Segunda, con proyecto de decreto para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la citada legislación.

Fueron modificados los artículos 4, fracción X; 8, fracción V; 13, fracción 11; 17, apartado A, fracción II y apartado B, fracción 11; 19, fracción VII; 34, fracción 11; 39, primer párrafo; 42, fracción 1; 47, segundo párrafo; 51 ; 54, primer y tercer párrafos; 55, primer párrafo; 58; 61, primer párrafo; 62, fracción 1; 67; 82, fracción II, y 111, todos de la Ley de Vivienda.

Desde su escaño la senadora Beatriz Paredes Rangel, del PRI, advirtió que votaría en contra del procedimiento y la forma en que se pretendía reformar una institución que tiene que ver con el tema del territorio nacional y no es tan sencillo eliminar o cambiar sus atribuciones de manera tan imprevista.

En las adecuaciones se establece el fomento de esquemas financieros y programas que combinen recursos provenientes del crédito, ahorro, subsidio y otras aportaciones, para generar opciones que respondan a las necesidades de vivienda de los distintos sectores de la población, pero de preferencia los que se encuentren en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad, así como a los productores sociales.

Se indica que los programas, fondos y recursos federales destinados a satisfacer las necesidades de vivienda de la población bajo las citadas condiciones, se sujetarán a lo dispuesto en la Ley de Vivienda, en la Ley General de Desarrollo Social y en las reglas de operación correspondientes.

Por ello, el sector público, con la participación que corresponda de los sectores social y privado, diseñará, coordinará, concertará y fomentará esquemas para que el crédito destinado a los distintos tipos, modalidades y necesidades de vivienda sea accesible a toda la población, con especial atención a la que se encuentra en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad.

Con el fin de fortalecer la capacidad de pago de esta población, se acordó que los recursos provenientes del crédito podrán complementarse con subsidios federales, de las entidades federativas y de los municipios, cuyo otorgamiento se sujetará a lo dispuesto por esta Ley y demás ordenamientos aplicables.

Además, el Gobierno Federal desarrollará y fomentará instrumentos de seguro y garantía para impulsar el acceso al crédito público y privado a todos los sectores de la población, preferentemente el destinado –se insiste- a la población en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad.

Asimismo, las instituciones de banca de desarrollo vinculadas con el sector de vivienda, deberán diseñar e instrumentar mecanismos que fomenten la concurrencia de diversas fuentes de financiamiento para generar oportunidades que faciliten a la población en dichas circunstancias, el acceso a una vivienda digna, conforme a las disposiciones y reglas que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Lo anterior también tendrá como fin apoyar programas de producción social de vivienda, particularmente aquellos de autoproducción, autoconstrucción, mejoramiento de vivienda y la entrega de paquetes de materiales a familias en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad.

El dictamen fue aprobado en lo general y en lo particular con 72 votos en favor, 48 en contra y dos abstenciones. Fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.